Se prorroga la suspensión de plazos registrales para el Registro de la Propiedad Inmueble, desde el día 22 al 30 de mayo (ambos inclusive), sin perjuicio de la validez de los actos que se realicen y su titular autorice.
El TSJ lo dispuso hoy, teniendo en cuenta la solicitud realizada por el Colegio de Escribanos de la Provincia del Neuquén, basados en la circunstancia que la actividad notarial no fue incluida como esencial en el DNU N° 334/2021, emanado del Poder Ejecutivo Nacional; razón por la cual, no pueden circular los profesionales que nuclea no estando prevista la realización de presentaciones de manera remota.
En este sentido, la Directora del Registro de la Propiedad Inmueble, señaló que el mismo es un organismo centralizado, que no cuenta con delegaciones en otras Circunscripciones Judiciales y que los profesionales vinculados a la actividad registral (escribanos y abogados) no se encuentran habilitados para trasladarse, razón por la cual será necesario prorrogar la suspensión de plazos desde el día 22 al 30 de mayo (ambos inclusive).