El Tribunal Superior de Justicia aprobó el Reglamento para Registro de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS) que establece las autoridades de aplicación, sus competencias y facultades.
La propuesta de implementación contempla dos secciones: una destinada a los datos vinculados a los perfiles de ADN de las personas que cometan delitos, que estará a cargo del Titular del Cuerpo Médico Forense, y otra a aquellos datos antropométricos y señas particulares, para la confección de un registro de personas condenadas por delitos contra la integridad sexual. Este último estará a cargo del titular de la Dirección de Asistencia a Impugnación y Coordinación General.
El/la Titular del Banco de Datos de Investigación suministrará los informes solicitados por los organismos judiciales y policiales autorizados a hacerlo, requerirá informes para dar cumplimiento a los fines del Registro; autorizará y ordenará que se practiquen los exámenes de ADN; dispondrá las medidas adecuadas para la conservación de las muestras biológicas y los resultados que de ellas se obtengan mientras se realiza su procesamiento, entre otras facultades.
El/ la encargado/a del registro de personas condenadas por delitos contra la integridad sexual suministrará los informes que requieran los organismos judiciales y policiales y solicitará los que resulten necesarios para dar cumplimiento a los fines del Registro; comunicará al Registro Nacional de Reincidencia todas las resoluciones judiciales que conforme a la Ley 22.117 y al Registro Nacional de Datos Genéticos todas las correspondientes a la Ley 26.879. Además, emitirá los certificados de antecedentes sobre condenas o procesos pendientes que soliciten las personas titulares de datos y dispondrá la actualización permanente de la información del Registro.