El Poder Judicial de Neuquén (PJN), a través de una propuesta del Tribunal Superior de Justicia, ha iniciado un proceso de inclusión laboral modelo que representa, en Argentina, la primer experiencia sistémica, planificada y coordinada, de ingreso de Personas con Discapacidad (PcD) a una carrera funcional administrativa.
La experiencia, cubriendo las vacantes existentes dando cumplimiento a la Ley Nº 25689 de cupos del 4% de funcionarios con discapacidad, desde un proceso hecho con ciencia y conciencia (fundamentos técnicos-profesionales y sentidos sociales y normativos), implica un ejemplo de inicio y antecedente en la temática, para ser replicado por otras instituciones públicas.
Si bien existen programas de inserción laboral, tomando como referencia el modelo de Empleo con Apoyo (EcA), estos suponen un acompañamiento procesual en la adaptación y articulación de la PcD a su cargo y perfil, pero que se acota a una individualización del caso, y es restringida en el tiempo.
El PJN, amplía este formato, asesorado por la Fundación Disc.Ar. y el Prof. Julio Manuel Pereyra, que garantiza un proceso integral de capacitación, sensibilización, acompañamiento y seguimiento, no solo de la PcD en su puesto y rol sino también, a todos los funcionarios de la dependencia a lo largo de toda la carrera del ingresante, lo que no acota la intervención a la selección, diagnóstico y cruzamiento de cargos/vacantes con perfiles , sino que amplía esa mirada a una intención pedagógica-formativa en la temática, que abarca la inclusión (social y laboral) en todas su dimensiones , sobre todo en el factor de climas institucionales, ambientes laborales y valores humanos (elementos que hace a la innovación del proceso).
Por ello se ha creado e implementado un grupo interdisciplinario de referencia y formación general y en servicio, encargado de coordinar y ejecutar adecuaciones, adaptaciones e intervenciones estratégico-situacionales pertinentes, que transformen en viable, significativo y funcional el proceso de inclusión, para toda la comunidad judicial, desde los modos y medios de evaluación en los concursos, hasta la adecuación, adaptación y articulación de mobiliario y/o estrategias operativas (software/hardware adaptado, uso de la Lengua de Señas, baños específicos, etc.).
Para ello, previo al ingreso, se ha comenzado con instancias de talleres y charlas de sensibilización (que se tornó obligatorio en virtud del pedido de los que participaron en las instancias, lo que ha quedado reflejado en las evaluaciones y encuestas ) a todo el personal dependiente del PJN, en un trabajo planificado, sistémico y procesual, que pretende favorecer/promover en primera instancia, los “apoyos naturales” en los contextos laborales, y disminuir el impacto de posibles barreras actitudinales que puedan presentarse en base a prejuicios y/o representaciones.
Los pilares y principios de esa inclusión, que vienen marcado los criterios de aplicación, diseño y desarrollo de la propuesta se basan en: 1) la accesibilidad física e edilicia de la PcD a la dependencia, no solo respecto a la oficina donde se cumplen funciones, sino las dinámicas y servicios urbanos (transportes, distancias) para acercarse a la misma; 2) la funcionalidad y operatividad en la asociación competencias (habilidades/formación) – cargo/rol/función que exige el perfil de la vacante, para alcanzar una inclusión real, viable y digna; 3) la consideración de los “apoyos naturales” (predisposición, apertura, interés, concepciones, etc.) respecto a la persona.
A diferencia de otras experiencias de inclusión laboral, los ingresos se adscriben a PcD que han recibido la capacitación propia, rendido las etapas de evaluaciones/concursos pertinentes, y su asignación (ingreso) a cargos, se alterna con la lista del concurso de ingreso del llamado a personas sin discapacidad, pero desde una mirada cuyo sentido último, es unificar los llamados, concursos y listas, sin necesidad de distinción.
Este proceso, se ha dado (casualmente) de manera paralela, a una serie de movilizaciones, reclamos y medidas (marchas, cortes, protestas) de grupos sociales y organizaciones de PcD, respecto al cumplimiento a la Ley de Cupos en la provincia, lo que en otras instituciones han ocurrido de manera improvisada, desde la necesidad de recursos de amparo, o con una mirada no funcional, que a postre afecta la percepción de este tipo de políticas públicas generando resistencias y rechazos. No se trata pues, de “crear” cargos especiales (muchas veces reñidos con los propios sentidos de la acción) sino, cubrir las vacantes existentes orgánicamente, alineados con políticas institucionales que ya se vienen desarrollando desde la concepción del acceso a la justicia, la justicia social, la igualdad de oportunidades y/o los marcos normativos vigentes tanto internacionales, como nacionales y/o provinciales.
Podemos afirmar entonces que, a nivel de instituciones públicas en el país, se trata de la primera experiencia procesual-planificada, que desarrolla políticas institucionales internas, para diseñar, desarrollar y aplicar, de manera viable, efectiva y operativa, la inclusión laboral y social de PcD a una carrera administrativa orgánica, lo que representa un antecedente significativo para ser replicado en otros tipos/ niveles institucionales locales y/o federales , configurándose así, como un ejemplo de Política Pública en/de entender y atender el Paradigma de la Diversidad, la Inclusión, y la Discapacidad desde una mirada socio-cultural (no solo bio-médica).
“La Inclusión se trata de la oportunidad de permitirnos ser distintos, sintiéndonos iguales… no (solo) atendiendo y entendiendo la diversidad, sino (también) honrándola; nunca se trató del Derecho a ser iguales, siempre se trató del Derecho a ser distintos” J.M. Pereyra