El Tribunal Superior de Justicia autorizó a Directores/as de las Oficinas Judiciales Penales a fijar las audiencias en horario vespertino o en días y horas inhábiles a fin de garantizar su realización dentro de los términos y plazos previstos por el Código Procesal Penal vigente (Ley 2784 y modificatorias). La autorización también se extiende a las diligencias que sean necesarias realizar.