Pese a la intimación realizada, los partidos no completaron los requisitos previstos.
El Juzgado Electoral Provincial informa que en el marco del control de la actividad partidaria que realiza el organismo, se declaró la caducidad de seis partidos políticos.
Según la Ley 716 Partidos Políticos, las condiciones para mantener la personería política son: 1) un mínimo de votos a obtener en cada elección que participan (3% del padrón) o 2) su efectiva participación en al menos dos elecciones, 3) la presentación de sus estados contables anuales y 4) la realización de elecciones internas partidarias al menos cada cuatro años.
Luego de las comunicaciones formales, la intimación a que completen los requisitos exigidos y el dictamen fiscal, la Jueza Electoral Provincial Alejandra Bozzano decretó la caducidad de la personería política de: Compromiso para el Cambio (Plottier), Confluencia San Martín de los Andes, Identidad y Futuro Aluminense, Nuevo Encuentro Plottier, Progresar (Plottier) y Sumar (Plottier).