De acuerdo a lo establecido por Decreto N° 2275/2023 del Poder Ejecutivo y mediante Ordenanza 4076/23 del Honorable Concejo Deliberante, ambos de la localidad de Villa la Angostura, se convoca al electorado para el día domingo 22 de Octubre de 2023 a la elección ordinaria de Intendente o Intendenta, Viceintendente o Viceintendenta, siete (7) Concejales y Concejalas titulares y cuatro (4) suplentes, fecha que resulta coincidente a la fijada para las elecciones presidenciales generales.
En el régimen constitucional nacional y provincial se ha establecido un reparto de competencias respecto del ejercicio de derechos electorales activos y pasivos de los ciudadanos; y atento a que la Ordenanza Municipal 4076/23 prevé en sus considerandos que al no existir Junta Electoral Municipal corresponde actuar a la Justicia Provincial, es que deberán aplicarse los mandatos de la Ley de Simultaneidad 15.262 y la Ley Provincial 3053 en lo que refiere a las diferentes etapas del proceso electoral.
Así, conforme el art 1 de la Ley de Simultaneidad estas elecciones municipales se realizarán simultáneamente con las elecciones nacionales bajo las mismas autoridades de comicios y de escrutinio, es decir: la Justicia Electoral Nacional, siendo la Justicia Provincial competente en: reconocimiento de partidos y alianzas provinciales y partidos municipales, oficialización de candidaturas municipales y comicios de mesa de extranjeros.
Que atento la inminencia de los distintos hitos electorales, se estableció como fecha de presentación de peticiones de reconocimiento de alianzas el día viernes 11 de agosto de 2023 y de presentación de listas de candidatos el día jueves 17 de agosto del corriente, operando el cierre del mismo en las dos primeras del día siguiente (viernes 18/8/23 a las 10 hs.).
Se adjunta el Cronograma Electoral establecido.